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Declaracion Responsable para la apertura de establecimientos. Antigua licencia de apertura.

agosto 16, 2013

Declaración Responsable para la apertura de establecimientos.

Procedimiento para regular el ejercicio de actividades incluyendo, en general, cualquier actividad distinta al uso de vivienda y sus instalaciones complementarias.

¿Quién lo puede solicitar?

Están obligados a la presentación de declaración responsable en forma los titulares de actividades y establecimientos que se implanten, amplíen o reformen en el termino municipal de Málaga. Tf. de Información: 951926148 Fax: 951926543

  • Fecha de solicitud:Con anterioridad al inicio de la actividad.
  • Plazo de resolución:Inmediato

Documentación necesaria

1. Impreso de Declaración responsable (1), según modelo normalizado (por duplicado) y suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado.
2. Identificación del titular: · En el caso de personas físicas bastará con fotocopia del N.I.F. o N.I.E. · En el caso de personas jurídicas deberá aportar, además de la fotocopia del C.I.F., fotocopia del documento acreditativo de la capacidad legal de la persona que ostente la representación acompañado de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E.
3. Copia de la escritura de propiedad del local, del contrato de arrendamiento, o documento equivalente sobre el establecimiento que acredite la titularidad o disponibilidad de uso sobre el mismo.
4. Licencia de utilización o Licencia de obra. En otro caso, Certificado de Síntesis Urbanística (2 ejemplares) (2), según modelo normalizado, firmado por técnico competente, acompañado de Plano de Situación a escala 1/5000 según Plano de Calificaciones y Usos del P.G.O.U. vigente, marcando la ubicación exacta de la edificación objeto de consulta, siempre que se trate de Suelo Urbanizable de Actuación Directa o en ultimo caso Informe Urbanístico de viabilidad de uso emitido por la GMU.
5. Para las actividades incluidas en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, deberá presentar Copia del Dictamen Definitivo del instrumento de prevención y control ambiental (AAI, AAU o CA) aplicable a la actividad.
6. Documentación técnica, que variará en función de las características del establecimiento, suscrita por técnico competente. · Certificado de seguridad de las instalaciones (2 ejemplares) (2), según modelo normalizado, acompañado de plano de planta, a escala adecuada y normalizada, que refleje la distribución de las distintas dependencias del establecimiento e incluya leyenda con la superficie construida total y desglosada la de almacén y al aire libre, si la actividad no se encuentra incluida en la Ley 13/1999 o en el Apéndice 5 de la OMPCI y dispone de una superficie inferior a 300 m². · En caso contrario, se deberá aportar Proyecto Técnico (2 ejemplares) (2), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones (2 ejemplares) (2), que deberá ajustarse a modelo normalizado.
7. Para los cambios de titularidad, es decir, que el establecimiento mantenga íntegramente las condiciones anteriores (distribución, instalaciones de protección contra incendios, medidas técnico-sanitarias, etc.) que constan en el Excmo. Ayto. se podrá presentar: · Certificado de Persistencia (2 ejemplares) (2), según modelo normalizado. · Comunicación firmada por el anterior titular de la transmisión de la licencia de apertura o declaración responsable a su favor. En caso de imposibilidad debidamente acreditada de la comunicación, se admitirá documento público o privado acreditativo de la circunstancia (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).
A estos efectos, con carácter previo a la presentación del certificado de persistencia, con carácter general, se deberá presentar Solicitud de vista de expediente por cambio de titularidad.
(1) Las actividades contempladas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/1999, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, deberán ajustarse, en cuanto a su denominación y definición, a las recogidas en el Nomenclátor y en el Catálogo que se insertan en los Anexos I y II del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(2) En caso de que la documentación técnica aportada no este visada por su correspondiente Colegio oficial en aplicación del RD 1000/10 se deberá aportar: · Documento acreditativo de la Colegiación profesional. · Copia del Seguro de Responsabilidad Civil para el ejercicio profesional. · Certificado de no estar inhabilitado.

Obligaciones económicas

Pago de las tasas municipales según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 16 en vigor.

Legislación aplicable:

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. (BOJA nº 152 de 31 de diciembre de 1999).
  • Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (BOJA nº 143 de 20 de julio de 2007).
  • Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 126 de 26 de mayo de 2012).
  • Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de Actividades Administrativas con motivo de la Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).
  • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).
  • Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones (BOP nº 94 de 19 de Mayo de 2009).
  • Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 37 de 30 de marzo de 2002).
  • Decreto 247/2011, de 19 de julio, por el que se modifican diversos Decretos en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. (BOJA nº 150 de 2 de agosto de 2011).
  • Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).
  • Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica. (BOP de 23 de marzo de 1994).
  • Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).
  • Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009).

Procedimiento:

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

 

  • Acudir a las Oficinas del Servicio de Aperturas o a cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC).
  • Presentar el impreso de Declaración Responsable, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, suscrito por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación necesaria.
  • Obtener copia registrada de su presentación.
  • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
  • Una vez resuelto administrativamente el expediente, la actividad podrá ser objeto de control técnico posterior.

Fuente: Ayuntamiento de Málaga

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